COP 28: otra convención protocolaria acerca del cambio climático con grandes deudas

Columna escrita por Eduardo González.

La COP 28, celebrada en Dubái, destaca las persistentes dificultades para encontrar soluciones al cambio climático. Aunque se aprobó el Fondo de Pérdidas y Daños, no se establece la responsabilidad jurídica de los principales contribuyentes al calentamiento global. La falta de asunción de responsabilidades económicas y la resistencia de los países desarrollados a compromisos significativos son evidentes. 

Eduardo González

Voluntario de Investigación

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En el marco de la 28a Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP 28, por sus siglas en inglés), celebrada en Dubái, Emiratos Árabes Unidos desde el 30 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2023, se han evidenciado, nuevamente, las dificultades que giran en torno a una posible solución entre las partes de esta. La COP 28 se lleva a cabo como parte de las reuniones cumbres de las Naciones Unidas sobre cambio climático (UNFCCC, por sus siglas en inglés), en las cuales los países participantes analizan, programan o reprograman los esfuerzos realizados para enfrentar el cambio climático antropogénico que, desde 1979 con la Primer Conferencia Mundial sobre el Clima en Ginebra, se ha considerado una amenaza real para el planeta.

Este hecho no es algo poco previsto, sino todo lo contrario, ha sido el común denominador a lo largo de la historia de las Convenciones, en las que se asume un tono melodramático y repetitivo del discurso por parte de líderes y organizaciones. Ejemplo de ello, son los llamados “contundentes” por parte de la Cumbre hacia la urgencia de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI); el énfasis en el incumplimiento de los compromisos que han hecho los países, con relación a los acuerdos, como los son el Acuerdo de París, el cual a partir de 2020 sustituyó el Protocolo de Kyoto, protocolo que, igualmente alargó su vigencia en 2012 en la Cumbre en Doha, hasta 2020. El Protocolo de Kyoto es el primer acuerdo internacional en el que los países industrializados firmaron compromisos concretos y establecieron un calendario de actuación para el período entre 2008 y 2012 en 1997. 

En este punto, no es ingenuo preguntarse por qué ha sucedido esto, ya que intentar entenderlo implica el análisis de múltiples estructuras y relaciones de poder del sistema mundial. Algo destacable que sucedió en el primer día de la Convención fue la aprobación formal del Fondo de Pérdidas y Daños, el cual había sido aprobado el año pasado y tenía al menos 30 años de presiones por parte de los países más vulnerables para su creación.

A pesar de ello, el acuerdo no establece la responsabilidad jurídica de quienes han contribuido más al cambio climático y al calentamiento global. Éste, puede incluir condonaciones, permutas y reestructuración de la deuda, asignación de nuevos derechos especiales de giro (DEG) o reorientación de los DEG no utilizados por los países en desarrollo, apoyo directo para proyectos de reconstrucción, e inversión privada para proyectos que se podría estructurar; y estará alojado en el Banco Mundial, y países como Alemania y Emiratos Árabes Unidos han colaborado con 100 millones de dólares para comenzar a operarlo.

En este sentido, es importante que los Estados que contribuyen al cambio climático asuman responsabilidades con respecto a las consecuencias que ha tenido en todo el planeta, por ejemplo, a través de fondos para que los países en desarrollo puedan hacer frente a las pérdidas y daños resultantes del fenómeno. Sin embargo, esta visión continúa por la vía de ignorar el papel fundamental que tiene el sistema económico, que ha sido impulsado principalmente desde Occidente, como causante de los efectos adversos al medio ambiente. De esta forma, lo único que se ha conseguido es integrar y perpetuar el sistema en países en desarrollo a sus dinámicas de existencia; el abordaje del problema se ha reducido a un mero asunto de voluntad política con un creciente interés en lograr una inminente reconfiguración de la monetarización de la naturaleza través de las energías verdes.

Un hecho relevante y que nos ha permitido tener claridad de los principios rectores que han tenido y tienen las administraciones sobre los posicionamientos de los países desarrollados, principalmente, sucedió en 1992, en días previos a la Cumbre de la Tierra de Río, cuando George H. Bush, expresó lo que sería la política estadounidense en las negociaciones internacionales “el estilo americano de vida, no se negocia”. Asimismo, los países llamados desarrollados y en vías de desarrollo o emergentes, ven las negociaciones climáticas a través de los lentes de sus intereses económicos, de la disputa por los mercados y de la necesidad de no arriesgar la competitividad económica; a grandes rasgos, de no hacer algo que ponga en riesgo la economía y el crecimiento económico. 

Este hecho es complejo en exceso, porque pone de manifiesto el modelo económico basado en la explotación ilimitada de los recursos naturales y su nuevo patrón de acumulación, basado en la autonomización del sector financiero en relación con la producción. Esto, ha devenido en lo que David Harvey (2014) llama “hipermovilidad” del capital, al cual han coadyuvado las tecnologías para posibilitar el movimiento transfronterizo. En esta dinámica, la creación de una gran necesidad de consumir se ha conjugado en dos modalidades fundamentales (publicidad y obsolescencia programada), que impulsan un crecimiento continuo e indiscriminado del consumo, creando necesidades ficticias. De acuerdo con Bayon, Flipo y Schneider (2011), “el capitalismo, al orientar nuestro consumo nos despoja de nuestros deseos auténticos y de nuestras necesidades reales, los macrosistemas a que estamos sometidos a través de la manipulación publicitaria alteran nuestro modo de vida, sustraen nuestras convicciones auténticas y las reemplazan por un imperativo que nos impulsa a cambiar por cambiar, y nos convence a que “más es mejor”.

Sin duda, gran cantidad de países viven bajo esta situación, sin embargo, no podemos reducir el enfoque y no contemplar otras realidades, ante esto, existe un indicador importante para evaluar nuestro metabolismo socioeconómico, el cual se mide a través de la huella ecológica de una población, la cual equivale al área biológicamente productiva, requerida para producir los recursos utilizados y absorber los residuos generados por dicha población. Con datos del Global Footprint Network, para que pudiéramos vivir con los recursos que dispone nuestro planeta, la huella ecológica de cada persona debería ser igual a la biocapacidad de este, estimado en 1,7 hectáreas globales (hag), y mientras países africanos y asiáticos generan una huella ecológica por habitante menor que 1,7 hag, en Europa, es superior a 3,4 hag, y en Estados Unidos, Canadá y Australia, es superior a 6,7 hag. 

Esto evidencia la gran brecha de desigualdad con relación al acceso y posibilidades de las poblaciones en diferentes contextos territoriales, económicos y culturales, aunque aún no concluye la Cumbre de este año, en realidad, no existen grandes expectativas sobre las decisiones o acuerdos que se podrán llevar a cabo en ella. Sin embargo, es importante tener claro, como lo señala Wallerstein (2001) que “la legislación reformista, tiene límites interconstruidos, ya que tiene muy pocas probabilidades de éxito en reducir de forma considerable la tasa de degradación ambiental global, debido a que se puede esperar una oposición política feroz en vista de los efectos de tal legislación sobre la acumulación del capital. Sin embargo, eso no significa que no tenga sentido insistir en ese esfuerzo”; además, insistir en la relevancia de la organización de la sociedad civil y la búsqueda interior

Fuentes de consulta

Bayon, D., Flipo F., Schneider, F. (2011). Decrecimiento.  10 preguntas para comprenderlo y debatirlo. Calzadilla. Barcelona: El Viejo Topo, 2011.

Global Footprint Network (2016, octubre 17). Entre los investigadores reconocidos con el Premio AASHE a la Sostenibilidad, recuperado el 7 diciembre de 2023, de  https://www.footprintnetwork.org/

Harvey, D. (2014). Diecisiete contradicciones del capital y el fin del neoliberalismo. Quito, editorial IAEN. Recuperado el 8 de diciembre de 2023, de https://www.traficantes.net/sites/default/files/pdfs/Diecisiete%20contradicciones%20-%20Traficantes%20de%20Sue%C3%B1os.pdf

Hermus, M. (2023). Cambio climático antropogénico y decrecimiento. Revistes.ub.edu. Recuperado el 7 de diciembre de 2023, de https://revistes.ub.edu/index.php/aracne/article/view/33232/32856

Lezama, J. (2023). Vista de La Política Internacional del cambio climático. Ecosur.mx. Recuperado el 6 de diciembre de 2023, de https://revistas.ecosur.mx/sociedadyambiente/index.php/sya/article/view/999/986

Martínez, A. (2011). Reflexiones en torno al sistema mundo de Immanuel Wallerstein, recuperado el 6 de diciembre de 2023 de, https://revistas.uptc.edu.co/index.php/historia_memoria/article/view/794/793

Naciones Unidas. Acuerdo de París. Unfccc.int. Recuperado el 6 de diciembre de 2023, de https://unfccc.int/sites/default/files/spanish_paris_agreement.pdf

Naciones Unidas. El Fondo para Pérdidas y Daños: un paso hacia la justicia climática | Naciones Unidas. Recuperado el 6 de diciembre de 2023, de https://www.un.org/es/cr%C3%B3nica-onu/el-fondo-para-p%C3%A9rdidas-y-da%C3%B1os-un-paso-hacia-la-justicia-clim%C3%A1tica

Ruiz, X. (2023). El papel de la Unión Europea en las negociaciones sobre el cambio climático. Redalyc.org. Recuperado el 6 de diciembre de 2023, de https://www.redalyc.org/pdf/767/76742310004.pdf

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